LAS COMUNIDADES NEGRAS FRENTE AL CENSO 2005
 

PRONUNCIAMIENTO COMISION PEDAGOGICA

PROPUESTA SISTEMA DE EDUCACION PROPIA

ACUERDOS

PROYECTO DE DECRETO

 



Bogotá, Octubre 15 de 2004
 

PRONUNCIAMIENTO DE LOS DELEGADOS A LA
COMISION PEDAGOGICA NACIONAL DE COMUNIDADES NEGRAS
CON RESPECTO A LA APLICACION DE LA POLITICA DE
ETNOEDUCACION AFROCOLOMBIANA POR PARTE DEL MEN

 

Los delegados de la CPN de Comunidades Negras cuyas firmas aparecen al pie de este escrito, tendiendo en cuenta:

  1. Que hemos sido elegidos en las Consultivas Departamentales, Regionales y Distritales como representantes de nuestras Pueblos para reivindicar el derecho de la Comunidad Afrocolombiana a una educación pertinente.
  2. Que el MEN se ha negado sistemáticamente a reconocer en términos reales como voceros legítimos de nuestras comunidades ignorando el carácter de ente asesor de la política de etnoeducacion Afrocolombiana que tiene la CPN.
  3. Que al desconocer a la CPN el MEN no sólo está violando la normatividad internacional que consagra el derecho de los grupos étnicos a tener su propio sistema educativo, sino también la propia Constitución colombiana y sus leyes generales y especiales como es el caso de la ley 70/93 y sus decretos reglamentarios 2249/95.
  4. Que la invisibilización de la comunidad Afrocolombiana como grupo étnico es un hecho consciente y repetitivo por parte del actual gobierno y especialmente por parte del MEN.
  5. Que en muchas oportunidades el MEN, desconociendo la existencia de la CPN, unilateralmente ha publicado decretos, lineamientos curriculares, estándares y directivas ministeriales que afectan a nuestras comunidades sin que se haya surtido un proceso de consulta con la instancia creada para tal fin.
  6. Que hemos sido engañados cuando nos convocan a la sesión de la CPN a preparar una propuesta que aporte a un decreto "supuestamente en construcción" y nos encontramos con la sorpresa que el decreto ya ha sido publicado.
  7. Que el decreto en mención reglamenta los concursos para la carrera docente y en él se incluye la condición de excepcionalidad para los pueblos indígenas, pero a las comunidades Afrocolombianas no se nos permitió presentar ninguna propuesta, a pesar de que hemos enviado varios documentos, solicitando se tuviera en cuenta lo establecido en el artìculo 62, de la ley 115 de 1994 y los artículos 10 y 13 del decreto 804/95.
  8. Que de manera grosera nos convocan a legitimar toda clase de documentos oficiales cuando ya están publicados pero nunca nos llaman a cumplir nuestro verdadero papel como asesores del MEN en la formulación de la política de etnoeducación Afrocolombiana.

Nos permitimos hacer el siguiente planteamiento:

  1. Sabemos con absoluta certeza que los Afrocolombianos no somos población de interés para el MEN, ni para el gobierno actual en general. Antes por el contrario, lo que se observa es una intención muy clara de desmontar todos los derechos que con tanto sacrificio hemos conseguido en los últimos 13 años, en medio de un país altamente excluyente y discriminador. Ello sin embargo no invalida el derecho que hemos adquirido, por cual nos disponemos a seguir exigiendo su estricto cumplimiento a través de los mecanismos y medios que para tal fin se requieran.

    En tal sentido, rechazamos enérgicamente el procedimiento mediante el cual se construyo el decreto 3238 del 6 de Octubre de 2004 y también rechazamos el contenido del mismo porque lo consideramos violatorio del derecho a la igualdad y totalmente alejado de los principios a los cuales, irónicamente, dice sujetarse.
     

  2. Al MEN le exigimos respeto como personas, como profesionales de la docencia, como ciudadanos colombianos y fundamentalmente como parte del grupo étnico Afrocolombiano. Rechazamos también en forma clara la política de imposición y autoritarismo que el MEN viene ejerciendo para con las comunidades Afrocolombianas en el sentido de que todos los sectores de la sociedad nacional son consultados para la expedición de la normatividad y los lineamientos curriculares excepto la Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades negras. Por las razones anteriores ponemos este documento a consideración de nuestras organizaciones de base, de los entes de control del estado y de la comunidad internacional.
     
  3. Con base en los convenios internacionales que reconocen los derechos a los grupos étnicos, especialmente el convenio 169 de la OIT (ley 721de 1991), la sentencia C169 de 2001 (Corte Constitucional), la Constitución Politica en los artículos 7, 68, 70, el capitulo VI de la ley 70/93 y el decreto 804 de 1995.
     

 

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PROPONEMOS

CREACION DE UN SISTEMA DE EDUCACION PROPIA
DESDE LAS COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS

Colombia está a la vanguardia de los países de América Latina que han hecho reconocimiento de la diversidad étnica de su población. Se podría decir que en materia de legislación educativa especial para las comunidades afrocolombianas existe ya una abundante normatividad. La Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras a su vez, ha avanzado en la conceptualización de la Política Educativa para la población Afrocolombiana en un proyecto que presenta una doble perspectivas: como una propuesta de reafirmación étnica hacia adentro y como una propuesta de reconocimiento de los otros, es decir hacia fuera. La primera tienen que ver con la implementación de Proyectos Etnoeducativos Comunitarios PEC, es decir, un proceso de desarrollo endógeno cuyos ejes articuladores son formulados colectivamente y están anclados siempre en las tradiciones del Pueblo Negro, buscando la reorganización de su tejido cultural, así como la edificación de un marco ideológico y político que permita la supervivencia y la gobernabilidad al interior de los territorios colectivos. Por otro lado, el reconocimiento de los otros, es decir, el desde afuera está concebido en el sistema educativo colombiano como una propuesta de educación intercultural que gana su forma concreta en la Cátedra de Estudios Afrocolombianos. La intención aquí es que el país nos conozca, valore y respete como parte de la nacionalidad colombiana.

A este conjunto de cosas es que venimos denominando Etnoeducación Afrocolombiana, con un balance positivo en materia de legislación pero con resultados muy pobres en cuanto a la aplicación real de esta política. Las entidades territoriales hacen caso omiso de la normatividad, las comunidades no cuentan con la suficiente información para reclamar el derecho a una educación propia y el Ministerio de educación, escudándose en la descentralización del país, no cumple con su papel como ente rector de la política educativa; todo ello en el marco de una especie de anarquismo perpetuo.

Por las consideraciones anteriores, proponemos que se trabaje en la línea de amalgamar la cooperación internacional con la acción gubernativa de los entes territoriales para la CREACION DE UN SISTEMA DE EDUCACION PROPIA DESDE LAS COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS que, con base en la normatividad vigente y el reconocimiento internacional de las población Afrocolombiana como grupo étnico, facilite el camino hacia la autonomía, el afianzamiento de la identidad como pueblo y el control sobre los territorios de comunidades negras y raizales. Este sistema debe construirse de abajo hacia arriba y debe empezar con acuerdos entre los municipios (dinámica subregional) y las organizaciones étnico-territoriales para luego avanzar hacia acuerdos por grupos de departamentos (dinámica regional), hasta alcanzar el nivel nacional.

El Sistema debe dar cuenta tanto de los aspectos de orden pedagógico, es decir los modelos, enfoques, contenidos y didáctica del proceso de aprendizaje, como los aspectos de orden administrativo, es decir los mecanismos para que las comunidades, de forma autónoma, definan los criterios para la vinculación de los docentes, la ejecución de los recursos para la prestación del servicio educativo en general y la evaluación del sistema.

El sistema que estamos proponiendo, debe contar, necesariamente, con un respaldo institucional de tal forma que comprometa no sólo la acción de los docentes sino también la de los directivos y autoridades educativas de los municipios y departamentos, pero principalmente se debe lograr una transformación de la mirada estatal (Ministerio de Educación) para que no exista contradicción en la formulación de la política nacional y no se ignoren las particularidades regionales y étnicas como hasta ahora viene sucediendo con la política de estandarización de la educación estatal.

La construcción del sistema contendría los siguientes momentos:

  1. FASE DE DISEÑO (CONCERTADO)

    • Revisión marco legal existente.
    • Conformación y contratación de un equipo consultor.
    • Elaboración de un Diagnostico educativo Afrocolombiano.
    • Formulación de un Plan Decenal de Educación Afrocolombiano.
    • Foro Internacional de Etnoeducación Afrodescendiente.

     
  2. FASE DE SOCIALIZACION

    • Se divulgará el documento Plan en todo el país para los respectivos ajustes.

     
  3. FASE DE EJECUCION

    • Diseño curricular en la perspectiva Afrocolombiana.
    • Formación de docentes en etnoeducación
    • Mejoramiento y adaptación de ambientes y locales escolares.
    • Producción de material educativo pertinente
    • Vinculación de docentes etnoeducadores.
    • Directivas ministeriales a los entes territoriales orientando la aplicación del sistema.

     
  4. FASE DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION

    • Aplicación de indicadores de evaluación del sistema en todos los niveles de educación.
    • Acompañamiento técnico

     

 

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ACUERDOS

Por el Ministerio de Educación Nacional:

Dra. JUANA INES DIAZ
Vice Ministra de Educación

ISABEL SEGOVIA
Directora de Poblaciones MEN

 

Por la Comisión Pedagógica Nacional:
 

JORGE ENRIQUE GARCIA RINCON
Coordinador Nariño
 

ERNEL VILLA AMAYA
Cesar
 

BERNARDO OROBIO
Valle
 

DIMAS ERNESTO OREJUELA M.
Valle
 

DANIEL GARCES ARAGON
Cauca
 

IVAN ALBERTO VERGARA
Risaralda
 

DISNEY MOSQUERA
Putumayo
 

FANNY M. QUIÑONES
Bogotá
 

FLOR ELIZABETH LUCUMI
Norte de Santander
 

EMERSON ENRIQUE DE ARCO A.
Costa Atlántica
 

CARLOS A. ARGUMEDOS
Antioquia
 

LUIS S. IBARGUEN
Santander
 

JORGE E. CUNDUMI O.
Nariño
 

TOBIAS MORENO
Antioquia
 

Firmas del Pronunciamiento de la Comisión Pedagógica Nacional de Octubre 14 y 15 de 2004, que se entrega a las instancias correspondientes.

 

FRANCISCO A. ASPRILLA
Costa Norte
 

LEONIDA BUSH HOWARD
San Andrés y Providencia
 

DULPH W. MITCHELL
San Andrés
 

GILBERTO PANESSO
UTCH
 

JORGE I. GAÑAN
Caldas
 

 

C.C.: ORGANIZACIONES DE BASE, PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION, CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION, DEFENSORIA DEL PUEBLO, OIT, MEN, MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA.

 

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PROYECTO DE DECRETO

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

DECRETO Nro
_____

"Por medio del cual se reglamenta la selección de docentes
Afrocolombianos para ofrecer el servicio público educativo en entidades
territoriales con presencia de comunidades Afrocolombianas "

CONSIDERANDO QUE:

En consecuencia de lo anterior,

DECRETA

Art. 1. Ámbito de Aplicación: El presente decreto se aplicara en los territorios colectivos Afrocolombianos y en los Departamentos, Regiones y Distritos donde existan Comisiones Consultivas.

Art. 2. Convocar a un proceso de selección y nombramiento de docentes y directivos docentes, etnoeducadores Afrocolombianos y raizales para que presten su servicio público educativo en las entidades territoriales del país con presencia de comunidades Afrocolombianas.

Art. 3. El proceso de selección para la provisión de cargos necesarios para la prestación del servicio en los establecimientos educativos estatales, se realizarán a partir de los criterios establecidos por la Comisión Pedagógica Nacional, las Comisiones Pedagógicas Departamentales y las Regionales. En los departamentos donde no existan comisiones pedagógicas, el proceso de selección lo harán los comités de etnoeducación Afrocolombiana establecidos.

Parágrafo: Los docentes y directivos docentes que aspiren a desempeñar sus funciones en el Departamento Archipiélago San Andrés, Providencia y Santa Catalina, prioritariamente debe ser RAIZALES y superar la prueba de trilingüismo.

Art. 4. La estructura de la selección tendrá en cuenta la provisión de cargos de docentes y directivos docentes del servicio educativo estatal en entidades territoriales con presencia de comunidades Afrocolombianas y constará de las etapas siguientes: convocatoria, inscripción y publicación de admitidos a las pruebas; pruebas de actitudes, competencias básicas y psicotécnicas; publicación de resultados de las pruebas de aptitud, competencias básicas y psicotécnicas; entrevista y valoración de antecedentes; conformación y publicación de lista de elegibles; nombramiento en propiedad.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá a los _____ del mes de _______ 2004
 

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