XII EPA
ENCUENTRO DE PASTORAL AFROCOLOMBIANA
Cali, mayo 18 al 21 del 2003

Presentación
por Delegaciones

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DESARROLLO DEL TRABAJO EN LA
ZONA DEL RIO SAN JUAN - CHOCO

  1. ¿Qué organizaciones sociopolíticas afrocolombianas  existen en tu región?

    La Organización de ACADESAN (Asociación Campesina del San Juan)
    Se constituyó del 8 al 12 de Octubre de 1990 en Cucurrupí, Chocó.

    Nació para:

    • Luchar por la titulación colectiva del territorio
       
    • Exigir el gobierno que cancele permisos y concesiones a compañías nacionales y extranjeras que explotan los recursos naturales
       
    • Exigir programas de educación, salud, créditos y asistencia técnica
       
    • Organizar las comunidades negras en contra de los planes del gobierno para la costa pacífica.

    La lucha se empieza en conjunto con las comunidades indígenas de la región y se hablaba de la "Titulación del gran territorio Wounaan-Negro", para solucionar los problemas que se presentaban con las comunidades indígenas.

     
     

  2. ¿Qué logros han alcanzado en la transformación de tu pueblo, zona o departamento?

    • El Artículo Transitorio 55 de 1991
       
    • Se logró impactar al gobierno, en 1992, con la marcha fluvial a Quibdó que movió a mucha gente; la toma de la embajada de Haití; la toma de la Catedral de Quibdó; y marchas en dos ciudades.
       
    • Reconocimiento del territorio con la Ley 70 de 1993
       
    • Primer presidente de la organización ACADESAN, sin preparación, logró darle un desarrollo a la organización en sus inicios.
       
    • Integrar tantas comunidades del Alto, Medio y Bajo San Juan (67 comunidades)
       
    • Integración con otras organizaciones del Departamento como OBAPO, ACIA, AS0CAMESAN, ACAEA, etc.
       
    • La titulación colectiva del área de influencia de ACADESAN, el 21 de Diciembre del 2001. Se titularon 683.591 Hectáreas y 3.753 metros cuadrados.

     

  3. ¿Hay procesos de convergencias entre las organizaciones Afro de su país?

    Sí existen procesos de convergencias entre las organizaciones Afro de mi país,
    siendo:

    • Luchas por el reconocimiento territorial y étnico
       
    • Asamblea Nacional Constituyente
       
    • Artículo Transitorio 55: Comisiones consultivas del Valle, Cauca, Nariño, Chocó y Atlántico
       
    • Búsqueda de unificación de criterios políticos, intelectuales, productivos, organizativos
       
    • Oficina o Dpto. de comunidades negras a nivel nacional
       
    • Participación política y conformación de la comisión consultiva de alto nivel
       
    • Reconocimiento y protección del derecho a la igualdad
       
    • Integridad, dignidad y respeto
       
    • Participación con decisión e igualdad
       
    • Construcción de autonomía, identidad, legitimación de derecho
       
    • Poder de decisión
       
    • Exigir y vigilar información, documentación, políticas, etc.
       
    • Autodeterminación política, económica, social y cultural
       
    • Proyección de futuro y calidad de vida
       
    • Negociación y resolución de conflictos de las comunidades, entre las comunidades y el Estado y comunidad y territorio
       
    • Adjudicación y legalización del territorio ancestral como territorio negro.
       
    • Conformación de los Consejos Comunitarios
       
    • Organismos de control, manejo del territorio, reglamentos internos y forestales.

     

  4. Hacer una reflexión en torno a los artículos 3 y 4 de la Ley 70/93.

    Artículo 3.

    • Reconocimiento de que somos un país en el que conviven varias culturas.
       
    • Ninguna cultura es superior a otra. Todas las culturas son importantes.
       
    • Se garantiza el respeto a las comunidades negras y su derecho a la participación al intervenir y decidir en las disposiciones del Estado y el Gobierno que afecten a la vida de las comunidades.
       
    • Se reconoce la autonomía de los grupos étnicos, en este caso, a las comunidades negras.
       
    • Se reafirma la estrecha relación que existe entre la vida de las comunidades y la conservación de los recursos naturales.

    Artículo 4.

    Adjudicación de las tierras como propiedad colectiva, denominadas "Tierras de comunidades negras":

    • Reconocimiento al derecho que tienen las comunidades por su posesión ancestral.
       
    • La comunidad se conforma en conjunto en colectivo de las familias.
       
    • La comunidad es la persona (colectivo) que la Ley reconoce y es la fuente y centro fundamental de autonomía como un ejercicio permanente de la capacidad de decisión de la comunidad.

     

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Hna. Leopoldina Lamos
Hna. Aleyda Riquett Fontalvo
Eider Patricia Moreno L.

 

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